A continuación se adjunta el nuevo protocolo de solicitud de sillas de ruedas eléctricas y sus documentos anexos aprobados en la pasada reunión de la Subcomisión de Sillas de Ruedas Eléctricas.
La principal novedad es que la prescripción de la silla de ruedas eléctrica se realizará en el momento inicial en el que se cumplimente la solicitud de autorización de prescripción de la silla de ruedas eléctrica. La prescripción y la solicitud de autorización de dicha prescripción la realizará el facultativo especialista tal y como viene recogido en el artículo 6 del Decreto 76/2010.
- Protocolo de solicitud [VER]
- ANEXO I. Solicitud de autorización de prescripción [VER]
- ANEXO II. Informe social para la prescripción de sillas de ruedas eléctricas [VER]
- ANEXO III. Compromiso de devolución de silla de ruedas eléctricas [VER]
- ANEXO IV. Listado ortopedias xarxa valort 27-06-2023 [VER]